La iniciativa presentada en el Congreso de Sonora busca reformar el Código Penal para que el abuso sexual se investigue de oficio. La medida pretende proteger a víctimas vulnerables frente a presiones o intimidaciones y garantizar que los delitos no queden impunes, asegurando el debido proceso.
HERMOSILLO, Sonora. — Con el objetivo de reforzar la protección a las víctimas y evitar que el miedo o las intimidaciones frenen los procesos judiciales, la diputada local Deni Gastélum Barreras presentó este jueves una iniciativa de ley para establecer la persecución de oficio del delito de abuso sexual en el estado de Sonora.
La propuesta legislativa plantea adicionar un párrafo sexto al artículo 213 del Código Penal del Estado de Sonora. De ser aprobada, la modificación facultará a las autoridades ministeriales a iniciar las investigaciones correspondientes de manera inmediata al tener conocimiento de los hechos, sin que el proceso dependa de la querella formal o decisión previa de la persona afectada.
De acuerdo con el documentoturnado a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos para su estudio y dictaminación, la medida busca priorizar la atención a niñas, niños, adolescentes y sectores en situación de vulnerabilidad, reduciendo los márgenes de manipulación por parte de los agresores.
Gastélum Barreras argumentó que, bajo el esquema actual, el requerimiento de una denuncia formal por parte de la víctima expone a esta a presiones, coacciones o amenazas orientadas a desestimar el caso o retirar la acusación.
“En Sonora debemos dejar claro que cuando una niña, un niño o un adolescente es víctima de acoso sexual, el Estado no puede esperar a que el miedo, la presión familiar o el silencio permitan que el delito quede impune. Debemos garantizar que se persiga de oficio, que la autoridad actúe desde el primer momento”, señaló la legisladora durante su intervención.
Asimismo, la representación parlamentaria detalló que las conductas constitutivas de violencia sexual abarcan tocamientos sin consentimiento y la exhibición de contenido sexual no autorizado. En ese sentido, la iniciativa puntualiza que la ausencia de resistencia física o el silencio no constituyen consentimiento, en particular cuando medien abusos de poder o intimidación.
Respecto a las garantías procesales, la promovente aclaró que la persecución de oficio no determina de forma automática una responsabilidad penal ni vulnera la presunción de inocencia. El Ministerio Público y los órganos de procuración de justicia mantendrán la obligación de realizar las investigaciones pertinentes, recabar elementos de prueba y respetar el debido proceso.
La legisladora reconoció que el marco legal sonorense ya contempla sanciones y agravantes para el delito de abuso sexual; no obstante, sostuvo que la reforma procesal resulta indispensable para elevar la eficacia de las investigaciones penales y prevenir la revictimización en la entidad.







