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Ciudad de México. El gobierno federal emitió este miércoles un nuevo acuerdo con el que regula las técnicas y horarios de pesca en el norte del Golfo de California, con el objetivo de proteger especies como la vaquita marina y el pez totoaba. En el documento, publicado este día en el Diario Oficial de la Federación, se redefine los polígonos de prohibición del uso redes agalleras y de enmalle, modifica los sitios de desembarque y refrenda la prohibición de pesca en horarios nocturnos.
Dentro de las medidas emitidas por la Secretarías de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), de Marina, y de Agricultura y Desarrollo Rural, se incluyen cambios en el Área de Prohibición de Redes de Enmalle, en la que “se prohíbe permanentemente la utilización de todas las redes de enmalle y de las artes de pesca no autorizadas, incluyendo aquellas construidas de hilo de nylon monofilamento o multifilamento”.
También se prohíbe realizar cualquier actividad de pesca en el Área de Prohibición de Redes de Enmalle delimitada, en el horario nocturno comprendido entre las 19:00 horas y las 5:00 horas.
En tanto, las únicas artes de pesca permitidas con embarcaciones menores en el “Área de Prohibición de Redes de Enmalle delimitada”, exceptuando al Área de Tolerancia Cero, “son aquellas selectivas: redes suriperas operadas de manera activa, línea de anzuelos, palangre, trampas y el buceo libre o semiautónomo con manguera y compresor (“hooka”), y aquellas artes y métodos de pesca que no representen un riesgo para la vaquita marina”.
Luego de que en septiembre de 2020 el gobierno federal emitió un acuerdo para regular la actividad pesquera y proteger a las especies marinas en peligro, el nuevo surge a partir de “una revisión técnica por parte de las autoridades involucradas, de acuerdo al ámbito de su competencia, a través del Grupo Intragubernamental sobre la Sustentabilidad (GIS) en el Alto Golfo de California; el diálogo con el sector de pesca ribereña, sus opiniones recogidas en las sesiones del GIS, múltiples reuniones adicionales, y documentos presentados por dicho sector”, afirmaron las dependencias.
También se establece el “Área de Tolerancia Cero”, donde la pesca y la navegación quedan prohibidas. En esa zona, no se permitirá el tránsito a ningún tipo de embarcación o la navegación en esta área, con excepción de las embarcaciones autorizadas por la autoridad competente, para transitar por motivos de investigación científica, monitoreo comunitario de biodiversidad, restauración del hábitat y vigilancia.
De no cumplirse las disposiciones, los pescadores podrían tener multas de hasta mil veces la Unidad de Medida y Actualización y decomiso de artes de pesca y productos obtenidos de la pesca directamente relacionada con la infracción cometida, así como el decomiso de la embarcación en caso de reincidencia, independientemente de las conductas delictivas que representen una infracción al Código Penal Federal, y ante las cuales, se recalca que se presentarían las denuncias correspondientes ante el Ministerio Público Federal.











