Combatamos la desinformación, pues en el debate legislativo se dijo que el INAI tardaba seis meses en responder y que se reduciría a 65 días. Esto es falso. En realidad el plazo actual es de 20 días.
No hay plazo que no se cumpla. Tal como se anunció desde el año pasado cuando fueron aprobadas las modificaciones constitucionales que extinguen a los órganos autónomos, este mes será el último en que operará el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI). Ahora prefiero enfocarme en las virtudes que podemos heredar a la nueva estructura que garantizará la transparencia y la privacidad en México, y señalar vicios que ya vivimos para que no se repitan.
El martes el Pleno del Senado aprobó las leyes secundarias en materia de transparencia y protección de datos personales. Ahora el dictamen será remitido a Cámara de Diputados, aprobado y finalmente se publicará en el Diario Oficial de la Federación; al día siguiente el INAI quedará sin Pleno, pues los comisionados dejaremos nuestro cargo y la nueva Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno asumirá las responsabilidades.
En la nueva Ley General de Transparencia se mantiene en operación la Plataforma Nacional de Transparencia, administrada por la nueva Secretaría. Para nutrir de información se mantienen las obligaciones genéricas y específicas para las instituciones.
Se creará un nuevo órgano desconcentrado llamado “Transparencia para el Pueblo”, que atenderá las inconformidades ante negativas de información, lo que actualmente resolvemos en Pleno.
Ahora se propone un nuevo Sistema de Acceso a Información coordinado por los tres niveles de gobierno y un Consejo Nacional.
Buenrostro. Titular de la nueva Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno. Foto: Montserrat López.
Hay que analizar la ampliación de las causales de reserva de información. Por ejemplo, el término “alteración a la paz social” debe definirse o incluso omitirse. Se podrá reservar información sobre los programas del gobierno federal sobre materiales o instalaciones nucleares, o información que ponga en riesgo sistemas tecnológicos, satelitales y de telecomunicaciones.
Sobre datos personales, la nueva Ley General para el sector público amplía los elementos que debe contener el Aviso de Privacidad, como el domicilio de la Unidad de Transparencia, la denominación del responsable, o identificar los datos sensibles.
En la Ley Federal de Datos Personales que poseen particulares considero adecuado que se hayan mantenido los plazos para los procedimientos que regula. Además que los particulares podrán promover juicios de amparo en contra de las resoluciones de la nueva secretaría. Celebro que se mantengan los delitos en materia de tratamiento indebido de datos personales.
Combatamos la desinformación, pues en el debate legislativo se dijo que el INAI tardaba seis meses en responder y que se reduciría a 65 días. Esto es falso. En realidad el plazo actual es de 20 días.
Finalmente, espero que se mantenga el anonimato creado para evitar persecuciones a quienes preguntaban. Este mal se combatió, ojalá no se reviva.
En todo el análisis que debe hacerse, hay una premisa que no debe olvidarse: la información no es de los funcionarios, es de la sociedad y serán ellos quienes se beneficien de un buen proceso de delegación de funciones.