Heriberto Grijalva, candidato sin registro que obtuvo el mayor número de votos, dijo que se espera la notificación a los órganos electorales para ver si existe una vía para impugnar
Santiago García C.
Hermosillo, Sonora.- Con el voto unánime de los tres Magistrados, la Sala Regional de Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), revocó la resolución del Tribunal Estatal Electoral (TEE) de Sonora, que declaró la invalidez de la elección en el Municipio de Rayón y ordenó se convocara a una elección extraordinaria en dicho municipio.
El proyecto, señala que se llegó a la anterior conclusión, al considerar que al tribunal responsable al anular la elección en base a que un candidato no registrado, en este caso Heriberto Grijalva, obtuvo la mayor cantidad de votos, fue más allá de optimizar el principio de autenticidad.
“Y pasó por alto el marco legal que rige los procesos electorales; es decir, resolvió adoptando un criterio no previsto en la normativa aplicable, vulnerando los principios de legalidad, certeza y equidad en la contienda, distorsionando en consecuencia el diseño del sistema electoral vigente”.
Esta resolución de la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, fue derivada de la impugnación presentada por el candidato Alejandro Luis Grijalva Robles y el PRI, ante la decisión de anular la elección y revocarle la constancia como ganador al ser candidato registrado por los tres partidos políticos.
Sobre esta decisión de la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, de revocar la resolución del TEE para llevar a cabo una elección extraordinaria en Rayón, Heriberto Grijalva, candidato sin registro, señaló que van a esperar que el tribunal federal notifique al TEE y al Instituto Estatal Electoral la resolución para ver si el fallo se puede impugnar ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de la Ciudad de México.
“Esto no se termina aquí, pero vamos a esperar si hay vías para impugnar la decisión de este día de la Sala Regional”.
CASO PUERTO PEÑASCO.
Sobre la impugnación a la elección en el Municipio de Puerto Peñasco, que también fue abordado en esta sesión, la Sala Regional de Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), declaró improcedente la impugnación presentada por el Partido Acción Nacional.
Los quejosos, habían impugnado la resolución emitida por el Tribunal Estatal Electoral de Sonora que declaró la validez así como el otorgamiento de la constancia de mayoría a favor del candidato de la Coalición “Sigamos Haciendo Historia”, Oscar Eduardo Castro Castro.