Santiago García C.
06 Mayo, 2026.
Hermosillo, Sonora.- El Congreso del Estado de Sonora llevó a cabo el Parlamento Abierto para la reforma Constitucional local en materia electoral que deberá estar aprobada el 30 de mayo y será aplicada en el próximo proceso electoral de 2027 una vez aprobada y publicada en el Boletín Oficial del Gobierno de Sonora.
Estos cambios son derivados de la reforma electoral federal aprobada en el mes de abril por las cámaras de diputados y senadores, mismas que deberán armonizarse a la legislación local con la propuesta de una iniciativa consensada que deberá aprobar el Congreso local.
Se llevaron a cabo parlamentos de manera simultánea en los municipios de Hermosillo, Cajeme y Guaymas con la asistencia de los representantes de los órganos electorales locales, IEE Sonora, Tribunal Estatal Electoral (TEE), involucrados en esta reforma, así como los presidentes municipales de los 72 ayuntamientos, que serán impactados con este reforma electoral.
ADECUACIONES EN MATERIA ELECTORAL
Pavel Nuñez Moreno, Director Jurídico del Congreso del Estado, informó son 6 grandes cambios que se proponen a la Constitución Local con reformas a laso artículos, 22, 130, 150 A, seis artículos transitorios relacionados con la instrumentación de esta disposición.
Artículo 22.- Los siete consejeros y consejeras electorales durarán en su encargo un periodo de 7 años, no podrán ser reelectos y podrán ser removidos por el Consejo General del INE. Percibirán una remuneración acorde con sus funciones que no excederá al que percibe la presidenta de la república. No podrán contratar con recursos públicos seguros de gastos médicos, vida o pensiones privadas, seguros de separación, cajas de ahorros especiales y otras prestaciones.
Articulo 22, Párrafo 28.- Los tres Magistrados del TEE serán designados por la Cámara de Senadores, se aplicará el mismo criterio sobre su remuneración que a los consejeros electorales.
Artículo 64, Fracción 22.- Se agrega, el presupuesto anual del Congreso no podrá exceder el 0.70 por ciento del presupuesto de Egresos del Estado. El monto del presupuesto anual del Congreso únicamente podrá actualizarse conforme a la inflación anual.
Artículo 130, Párrafo 1. Los Ayuntamientos serán órganos integrados por un presidente o presidenta municipal, una Sindicatura y hasta 15 regidurías.
Artículo 150 A, Párrafo Segundo. Los partidos políticos o coaliciones deberán garantizar en la postulación de fórmulas de candidaturas a diputaciones por los principios de mayoría relativa la observancia de los principios de paridad, igualdad sustantiva y perspectiva de género en la totalidad de sus candidaturas. De igual forma sucederá con las candidaturas o fórmulas de representación proporcional.
Articulo 150 A, Párrafo Tercero. En los procesos electorales municipales que se rigen por el principio de mayoría relativa, se observará la paridad horizontal y vertical para ambos géneros, así como los principios de perspectiva de género e igualdad sustantiva. Las planillas deberán integrarse por candidaturas propietarias y suplentes del mismo género.
Por su parte, el diputado David Figueroa Ortega, señaló que la propuesta de reforma que se pone a consideración busca avanzar hacia instituciones más fuertes, eficientes, austeras, transparentes y más cercanas a la gente. Las propuestas presentadas en este Parlamento se incluirán en la iniciativa final para contar con una reforma constitucional en materia electoral consensada aprobada por el Congreso.
“Este ejercicio de Parlamento Abierto tiene un propósito muy claro, escuchar opiniones, enriquecer la propuesta y fortalecer técnicamente una reforma que busca poner siempre el interés público en el centro de las decisiones. La apertura al dialogo no debilita las reformas, las fortalece y cuando se legisla escuchando se construyen mejores acuerdos y soluciones más solidas para nuestro Estado”.











