José Serrato del PAN y Pánfilo López del PT podrían salvar la curul, Joel Ramírez del PRD, no
Santiago García C.
Hermosillo, Sonora.- La Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, con sede en Guadalajara, revocó el acuerdo aprobado el 30 de junio por el Consejo General del Instituto Estatal Electoral al modificar las listas originales de los partidos para la designación de al menos tres diputaciones plurinominales.
Estas modificaciones, que fueron ratificadas en fecha posterior por el Tribunal Estatal Electoral, se tomó bajo la justificación de aplicar el principio de equidad de género en la conformación del Congreso Local, el cual consistió en cambiar a candidatos hombres que iban en la posición número uno, para dar cabida a mujeres, segundas en la lista de prelación.
Para ello aplicó dos fórmulas, la sub representación de los partidos, aquellos en donde a la fecha de la designación no hubiera mujeres o hubiera más hombres que mujeres, y la segunda, del partido que hubiera obtenido tuviera la menor cantidad de votos en la jornada electoral del 2 de junio.
En esta situación se encontraban el PAN, Partido del Trabajo y el Partido de la Revolución Democrática.
Así fueron designadas tres mujeres más como diputadas plurinominales, por el PAN, Alejandra López Noriega en lugar de José Serrato Castell, por el PT, Jazmín Guadalupe Gómez Lizárraga en lugar de Pánfilo López Pérez y por el PRD, Ana Gabriela Tapia Fonllem en lugar de Joel Ramírez.
Estos acuerdos del IEE Sonora, fueron impugnados por los afectados y en su caso por los mismos partidos ante el Tribunal Electoral Federal.
POR QUÉ anuló el TEPJF los acuerdos del IEE Sonora?
La resolución fue la siguiente.
“En el proyecto se propone, entre otras cuestiones, modificar la resolución impugnada y revocar la asignación de diputaciones por el principio de Representación Proporcional indicadas, al concluirse que uno de los agravios hechos valer por la partes actoras, resulta fundado”.
“Dicho agravio, en la que las partes actoras alegaron en esencia que los ajustes de género debieron realizarse a los partidos con menor porcentaje de votación local emitida, resulta fundado, porque si bien la Ley Electoral Local y los lineamientos que establecen los criterios de paridad de género no contemplaron expresamente cómo realizar los ajustes de paridad, la legislación sonorense sí contempla que para los ajustes de paridad en la designación de regidurías por el principio de Representación Proporcional, se deberá contemplar una lista de menor a mayor porcentaje de votación estatal válida emitida y asignar las personas por género necesario hasta llegar a la paridad, cuestión que la autoridad responsable debió tomar en cuenta para darle funcionalidad a la norma y ante falta de regulación expresa”.
Cómo podría resolver el tema de paridad el IEES con esta resolución.
Al ser tres las mujeres que ingresaron por la modificación del IEES, de acuerdo a la Ley Local, solo podría ser válida el cambio en el PRD, partido que obtuvo el menor porcentaje de votación, y Ana Gabriela Tapia Fonllem se quedaría como diputada.
Las dos mujeres que ingresaron por la fórmula de la sub representación, por el PAN, Alejandra López Noriega y Jazmín Guadalupe Gómez Lizárraga, se quedarían sin la curul plurinominal de acuerdo a la resolución del tribunal electoral federal, y en su lugar, designar a dos mujeres más de los partidos que hayan obtenido menor porcentaje de votación en el pasado proceso electoral, que en este caso serían del Partido Nueva Alianza Sonora y Partido Sonorense.
El Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana, a partir de que sea notificado, tendrá 48 horas para analizar el caso y dar una respuesta que modifique la lista de diputados plurinominales dada a conocer el 30 de junio.