EL DEBATE
La Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (SADER) publicó el acuerdo que establece la cuota máxima de captura de curvina golfina para la temporada de pesca 2026 en el Alto Golfo de California y el Delta del Río Colorado. El límite autorizado será de 4,485 toneladas de peso entero, con el objetivo de proteger a esta especie endémica y asegurar su aprovechamiento responsable.
De acuerdo con el documento oficial, la decisión de la SADER busca equilibrar la conservación del recurso con la actividad económica de las comunidades pesqueras que dependen de la curvina golfina. La autoridad subrayó que la medida responde a criterios técnicos y a un enfoque precautorio ante la presión histórica sobre la especie.
Además, la regulación se alinea con los compromisos ambientales del país en una región considerada estratégica por su biodiversidad y por la coexistencia de actividades productivas con zonas de protección especial.
SADER y el volumen autorizado de curvina golfina en 2026
El volumen total aprobado equivale a 3,738 toneladas de peso eviscerado y a 78.5 toneladas de vejiga natatoria, conocida como “buche”. La SADER tomó como base los dictámenes científicos del Instituto Mexicano de Investigación en Pesca y Acuacultura Sustentables, emitidos a finales de 2025.
Estos estudios advierten que la curvina golfina requiere esquemas de manejo cuidadosos para evitar ciclos de sobreexplotación. Por ello, el acuerdo mantiene límites claros y controles estrictos sobre el esfuerzo pesquero autorizado en la región.
La autoridad federal señaló que el seguimiento de estas cuotas permitirá evaluar la evolución del recurso y ajustar futuras temporadas conforme al comportamiento de la población.
Embarcaciones, cuotas individuales y zonas de pesca
El acuerdo firmado por la SADER establece un esfuerzo máximo de 737 embarcaciones registradas ante la CONAPESCA. Cada una contará con una cuota individual de 6.0855 toneladas de peso entero por temporada, lo que busca una distribución equilibrada de los beneficios económicos.
Los desembarques autorizados se concentran en el Golfo de Santa Clara, Sonora, así como en San Felipe y el Bajo Río, en Baja California. Estas zonas concentran la mayor actividad pesquera vinculada a la curvina golfina.
El periodo de captura seguirá condicionado por la veda anual, que prohíbe la pesca del 1 de mayo al 31 de agosto, permitiendo el aprovechamiento únicamente entre septiembre y abril.
Pueblo Cucapá, vigilancia y reglas contra prácticas ilegales
Un elemento relevante del acuerdo de la SADER es el reconocimiento de los derechos históricos del pueblo indígena Cucapá. Sus embarcaciones quedarán exceptuadas de las cuotas individuales, siempre que operen fuera del área de refugio de la vaquita marina y bajo lineamientos de pesca responsable.
La normativa también prohíbe el arribo de vejigas natatorias en número mayor al de ejemplares capturados, con el fin de frenar prácticas ilegales asociadas al tráfico del “buche”.
La vigilancia del cumplimiento recaerá en CONAPESCA y la Secretaría de Marina, que podrán aplicar sanciones conforme a la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables. Con ello, la SADER busca preservar la curvina golfina y dar certidumbre a las comunidades del Alto Golfo de California y el Delta del Río Colorado.
ENLACE: SADER define cuota de curvina golfina 2026 en el Alto Golfo de California







