“Al invalidar la elección se tendría que convocar a una elección extraordinaria”, Vladimir Gómez Anduro
Hermosillo, Sonora.- El Tribunal Estatal Electoral de Sonora, con dos votos a favor y uno en contra, declaró inválida la elección en el Municipio de Rayón, Sonora donde el candidato sin registro Gilberto Grijalva Vázquez obtuvo la mayoría de votos, 711 sufragios, pero se entregó la Constancia de Mayoría y Validez al segundo lugar, 674 votos, Heriberto Grijalva Vázquez por parte del Consejo Municipal de Rayón.
En el proyecto presentado por el Magistrado Presidente, Vladimir Gómez Anduro, como resolutivo a la impugnación promovida por Gilberto Grijalva Vázquez, se señala que con esta acción, de entregar la Constancia de Mayoría por parte del Consejo Municipal de Rayón al segundo lugar, la autoridad responsable actualizó el incumplimiento del principio Constitucional de autenticidad de la elección del Ayuntamiento de Rayón, Sonora.
“En virtud de lo anterior en el proyecto se propone declarar la invalidez de la elección de Rayón, Sonora. El principio Constitucional de autenticidad de la elección prescribe que debe existir una correspondencia entre la voluntad de los electores y el resultado de la elección. En el caso concreto de la elección del Ayuntamiento de Rayón, Sonora, de las constancias que obran en el expediente se tiene la certeza de que la ciudadanía votó mayoritariamente por la opción de la candidatura no registrada, sin embargo, la autoridad responsable entregó la Constancia de Mayoría y Validez a la candidatura registrada que obtuvo el segundo lugar de la votación y no refleja las preferencias del electorado”.
El Magistrado Presidente del Tribunal Estatal Electoral, Vladimir Gómez Anduro, dijo que al invalidar la elección se tendrá que convocar a una elección extraordinaria.
“Con las características de que el candidato no registrado tendría que competir como Candidato Independiente, que es la única alternativa que contempla nuestro marco legal para aquellos ciudadanos que no quieren competir por la vía partidista. Con esta alternativa traeríamos de nuevo al marco Constitucional y legal la elección de ese Municipio, y entonces sí, la ciudadanía tendría la opción real de votar por una opción diferente a la que representan los partidos políticos”, señaló.
En el proyecto se señala también que son infundados los agravios presentados por el promovente de la impugnación, Gilberto Grijalva Vázquez, para que se le reconozca el triunfo de la elección en el Municipio de Rayón el pasado 2 de junio.
“Lo anterior en congruencia por los criterios fijados por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación al dictar sentencia en diversos expedientes que prescriben que el hecho de que la ciudadanía, en ejercicio de su libertad de sufragio, vote mayormente por una persona escribiendo su nombre en el espacio de la boleta electoral reservada para votar por un candidato no registrado, no surte el efecto jurídico de que se le debe de reconocer a esa persona el triunfo en la elección correspondiente”.
Los votos a favor del proyecto de nulidad de la elección en el Municipio de Rayón fueron de los Magistrados, Vladimir Gómez Anduro y Adeline Montoya Castillo, mientras que el voto en contra fue del Magistrado Leopoldo González Allard.