El Juzgado determinó que la Agencia otorgó indebidamente una autorización ambiental mientras estaba vigente una suspensión judicial que frenaba el procedimiento.
La resolución obliga a la autoridad a cumplir con la anulación en un plazo de 24 horas y frenar el avance de las obras.
Un juzgado federal determinó que la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA) desacató una suspensión judicial previa al haber otorgado la Autorización de Impacto Ambiental al proyecto de Gas Natural Licuado (GNL) LNG Amigo en Guaymas, Sonora. La autoridad judicial fijó un plazo de 24 horas a la agencia para acreditar la suspensión de las obras y del Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental (PEIA).
La resolución, notificada el 14 de octubre, declaró insubsistente la autorización ambiental emitida por la ASEA en mayo pasado. Según el fallo del juzgado, la agencia incurrió en incumplimiento al emitir el permiso mientras se encontraba vigente una suspensión definitiva obtenida en marzo por el Centro Mexicano de Derecho Ambiental, A.C. (CEMDA).
El tribunal determinó que la orden de suspensión de la consulta pública del PEIA paralizaba la totalidad del procedimiento de impacto ambiental del proyecto por tratarse de una unidad. Al detectarse la emisión de la autorización ambiental durante la vigencia de la medida cautelar, el CEMDA promovió un incidente por incumplimiento que derivó en el actual fallo.
“Las suspensiones concedidas en los amparos ambientales buscan evitar daños irreparables a los ecosistemas y proteger los derechos humanos durante la tramitación del juicio”, declaró María Inés Pérez Centeno, abogada Senior del CEMDA.
El recurso legal promovido por la organización se sustentó en la falta de certidumbre sobre los plazos de la consulta pública y la presencia de información reservada en la versión pública del proyecto. La entidad fundamentó la acción en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) y en el Acuerdo de Escazú.
https://cemda.org.mx/wp-content/uploads/2024/07/PEIA_CEMDA_PAGINAS.pdf







