LA JORNADA
Ciudad de México. El histórico caso de la desaparición forzada de Rosendo Radilla Pacheco a manos del Ejército durante la “Guerra Sucia” volvió este lunes a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), esta vez para revisar presuntas omisiones del Estado en su búsqueda e investigación y fijar criterio sobre los alcances de los jueces para ordenar acciones concretas ante la falta de actuación de las autoridades.
La desaparición de Radilla Pacheco, ocurrida en 1974 en Atoyac de Álvarez, Guerrero, derivó en una sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) contra México en 2009, que ordenó al Estado investigar eficazmente los hechos, determinar responsabilidades y continuar la búsqueda de Radilla o de sus restos.
Por siete votos a favor y uno en contra, de María Estela Ríos, la Corte aprobó atraer el amparo en revisión 185/2024, promovido por Tita Radilla, hija de Rosendo, mediante una solicitud de ejercicio de la facultad de atracción que hizo suya la ministra Loretta Ortiz Ahlf, quien no asistió a la sesión.
“Se trata de hechos acontecidos en la etapa de la historia de nuestro país que se conoce como la Guerra Sucia. En este caso en particular, hechos acaecidos en la década de los 70, en 1974 específicamente, y creo que sí tiene la relevancia y trascendencia necesarias para que se atraiga por la Corte”, dijo el ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz.
Caso regresa 15 años después
La decisión se produce 15 años después de que el máximo tribunal revisó por primera vez el caso, en 2011, y estableció criterios históricos: que las sentencias condenatorias de la CoIDH son obligatorias para el Poder Judicial mexicano, que los jueces deben ejercer de oficio el control de convencionalidad y que el fuero militar no puede operar ante violaciones a derechos humanos de civiles.
El ministro Giovanni Figueroa Mejía defendió que atraer nuevamente el caso permitirá sentar un precedente sobre cómo equilibrar la autonomía ministerial con los deberes constitucionales e interamericanos de garantizar la verdad, la justicia y un recurso efectivo. También permitirá definir qué medidas puede ordenar un juez frente a omisiones en la búsqueda e investigación, sin sustituir las facultades técnicas o discrecionales de las autoridades ministeriales y administrativas.
El ministro reconoció que la CoIDH ha declarado cumplidas diversas reparaciones a la familia de Rosendo Radilla, pero continúan pendientes algunas de las medidas más sustantivas, entre ellas la investigación diligente y la búsqueda de la víctima.
“Por ello, atraer el amparo en revisión 185/2024 nos permitirá interpretar el artículo 2 del Pacto de San José para definir el alcance de las medidas que el Estado debe acoger internamente para garantizar los derechos humanos. Y, además, nos permitiría fijar un estándar claro frente a las omisiones de investigación estatal, que es un deber de esta Corte como guardián no solo de la Constitución, sino también de la Convención”, dijo.
En 2024, la jueza de Distrito Karla Macías ubicó la desaparición de Radilla en un contexto de “terrorismo de Estado” y ordenó a la FGR avanzar en las investigaciones, además de realizar acciones de búsqueda y memoria.
La resolución fue impugnada por distintas autoridades. Posteriormente, seis de los recursos quedaron sin efecto y se mantuvieron únicamente los promovidos por dos ministerios públicos.










