El TEPJF confirmó una resolución impugnada del INE que establecía que no había pruebas contundentes para determinar que hubo un financiamiento ilícito a Morena.
Redacción / Animal Politico
Sin debate alguno, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) dio carpetazo al caso de las aportaciones recibidas por Pío López, el hermano del expresidente Andrés Manuel López Obrador.
La Sala Superior aprobó el proyecto de resolución de la magistrada Mónica Soto Fregoso, quien propuso declarar infundados los agravios presentados por el PAN para impugnar la resolución que aprobó en agosto del 2025 el Instituto Nacional Electoral (INE), quien exoneró Pío López al considerar que no se encontraron elementos para acreditar financiamiento ilícito.
Foto: Cuartoscuro Archivo.
De qué se le acusó a Pío López
La investigación en contra del hermano del presidente inició luego de que en agosto de 2020 el portal de noticias Latinus mostró un video grabado en 2015 mientras Pío recibía dinero en efectivo por parte de David León, que en ese entonces trabajaba como operador político de Manuel Velasco, gobernador de Chiapas.
Por esa situación los partidos de oposición denunciaron a Pío López Obrador porque el propio expresidente reconoció en una conferencia de prensa que dichos recursos eran “aportaciones” para que su partido Morena, fundado en 2014, compitiera por primera vez en las elecciones legislativas de ese entonces, información que no fue transparentada ante el INE.
Foto: Cuartoscuro Archivo.
En agosto de 2025, el Consejo General del INE aprobó por unanimidad el proyecto de la consejera Carla Humphrey, en el que se determinó que no es posible comprobar el origen, monto y destino de los supuestos recursos económicos que el exfuncionario David León Romero entregó a Pío López Obrador para presuntas actividades electorales de Morena.
La resolución fue impugnada por el panista Federico Döring, quien buscaba que el Tribunal ordenara al INE hacer una investigación más exhaustiva.
Finalmente, los magistrados, sin ningún debate de por medio, le dieron la razón al INE al considerar que los dichos y videos carecen de fuerza probatoria suficiente para demostrar la existencia y veracidad de los hechos denunciados.
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