El Congreso de Sonora, con el impulso del Grupo Parlamentario de Morena y aliados, aprueba reformas clave a la Ley de Transporte (Ley 177). La legislación busca modernizar el sistema, mejorar la seguridad y la calidad del servicio, e incentivar la adopción de tecnologías limpias con concesiones de hasta 20 años para unidades eléctricas.
Las y los diputados del Grupo Parlamentario de Morena, en colaboración con las bancadas del Partido del Trabajo, Partido Verde Ecologista de México, Partido Nueva Alianza y Partido Encuentro Social, dieron un paso significativo hacia la modernización del sistema de movilidad del estado al aprobar reformas y adiciones a la Ley 177 de Transporte de Sonora.
El objetivo central de esta adecuación normativa es doble: impulsar la inversión en unidades de transporte sostenibles y mejorar la certeza jurídica para los concesionarios.
El cambio más destacado es la ampliación de la vigencia de las concesiones:
- Hasta 15 años para unidades que operen con gas natural o sean híbridas.
- Hasta 20 años para vehículos totalmente eléctricos, reconociendo su mayor vida útil y el alto costo de inversión.
Además, la ley clasifica la vida útil de los vehículos en dos categorías (Tipo A y B), permitiendo que solo las unidades Tipo A, consideradas más modernas y eficientes, puedan acceder a tarifas diferenciadas y subsidios, promoviendo así la renovación de las flotas urbanas, suburbanas, especiales y agrícolas.
Las reformas también abordan aspectos financieros y operativos cruciales:
- Se incorpora formalmente el modelo de pago por kilómetro recorrido, otorgando mayor estabilidad a los modelos financieros del sector. El Instituto de Movilidad y Transporte (Imtes) será el encargado de su correcta vigilancia, con tarifas autorizadas por la Junta Directiva.
- Se amplían los plazos para la adjudicación de concesiones hasta 12 meses, prorrogables.
- En materia de carga, se flexibiliza la acreditación de la tenencia legal de vehículos (incluyendo contratos con familiares hasta cuarto grado en carga regular) y se añade una excepción al permiso particular para unidades de carga menor a una tonelada (buscando no afectar a trabajadores que usen sus propios vehículos para herramientas e insumos).
- Se regula el transporte de personal no lucrativo, permitiéndolo como prestación interna de las empresas.
Finalmente, la ley fortalece las capacidades de gestión al otorgar nuevas atribuciones a la Coordinación Ejecutiva del Imtes e incorpora el Artículo 104 BIS, que establece requisitos más estrictos para la obtención, renovación o reposición de licencias de operadores, elevando la seguridad y calidad del servicio para los usuarios sonorenses.









