Ciudad de México. El gobierno de México publicó un decreto en el Diario Oficial de la Federación (DOF) para extender el programa de regularización de vehículos usados de origen extranjero, popularmente conocidos como “autos chocolate”, hasta el 30 de noviembre de 2026.
Según el decreto firmado por la presidenta Claudia Sheinbaum, y los secretarios de Hacienda, Edgar Amador Zamora y de Economía, Marcelo Ebrard, la medida reduce las brechas de desigualdad de la población mediante el acceso a un medio de transporte digno.
Dicho decreto, que permite la importación permanente de vehículos extranjeros, siempre y cuando cumplan con las regulaciones ambientales, entró en vigor el 1 de julio de 2011 y ha sido modificado y extendido varias veces.
Dichas modificaciones han sido: 31 de enero de 2013; 30 de enero de 2014; 31 de diciembre de 2014; 31 de diciembre de 2015; 26 de diciembre de 2016; 28 de diciembre de 2017; 29 de marzo de 2019; 31 de diciembre de 2019; 24 de diciembre de 2020 y 18 de noviembre de 2022 , el cual estuvo vigente hasta el 30 de septiembre de 2024.
Luego, el 4 de noviembre de 2024, se publicó en el DOF el decreto por el que se regula la importación definitiva de vehículos usados, el cual tiene vigencia hasta el 5 de noviembre de 2025.
Según los motivos expuestos en el decreto publicado este miércoles, esta medida ha contribuido a dar certeza jurídica a los importadores o propietarios de los vehículos usados para importarlos en forma definitiva, tanto en la franja y región fronteriza norte, como en el resto del territorio nacional.
Enfatiza en que la región fronteriza norte de México presenta una dinámica económica específica con Estados Unidos dada su cercanía geográfica, por lo que, con el objetivo de seguir fortaleciendo la integración económica de la región de norteamérica, ve necesario mantener condiciones favorables para la importación definitiva de vehículos usados, cuyo número de identificación vehicular corresponda a la fabricación o ensamble en EU, México o Canadá.
No obstante, señala que para determinar si un vehículo es originario del territorio de una o más de las partes integrantes del T-MEC, es necesario que el importador cuente con una certificación de origen basada en información fehaciente de que dicho vehículo cumple con la regla de origen, por lo que resulta indispensable contar con la información sobre la producción del vehículo con la cual cuenta el productor del mismo.
Además, indica que “por cuestiones de seguridad y para dar certidumbre jurídica a los propietarios, el Estado mexicano debe impedir que sean importados de manera definitiva a territorio nacional vehículos que, por cuestiones técnicas o por otras características físicas, tengan prohibida o esté restringida su circulación en el país de procedencia; o cuando haya un reporte de robo sobre el vehículo”.
Está medida nunca ha sido bien recibida por la industria automotriz del país, la cual se ha referido a ella como una ley para regularizar “chatarra automotriz”, que además permite la formalización de contrabando vehicular.





