En el proyecto se documenta la distribución coordinada de 3,017 “acordeones” en 26 estados para favorecer candidaturas
Anayeli Tapia Sandoval
El magistrado Reyes Rodríguez Mondragón, de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), sometió a consideración un proyecto de sentencia que propone anular la reciente elección de ministras y ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) por la distribución sistemática de “acordeones”.
La documentación judicial acredita que estas guías de votación fueron elaboradas y difundidas de manera coordinada en 26 entidades del país, con el fin de favorecer a candidaturas específicas y alterar los principios de legalidad, certeza y equidad.
Pruebas, alcance y naturaleza
En el proyecto, el magistrado acredita la existencia de 3,017 acordeones físicos y digitales, respaldados por 324 pruebas documentales (189 fotos, 82 videos y 53 audios), todos individualizados y georreferenciados.

El mayor volumen se reportó en Ciudad de México, Nuevo León, Estado de México, Puebla, Chihuahua y Jalisco. Estos materiales probatorios documentan la promoción en espacios públicos, la intervención de servidores públicos y partidos, el uso de recursos de procedencia presuntamente ilegal y testimonios sobre presión a votantes y servidores.
“El universo probatorio contiene evidencia física, digital y testimonial de la distribución de listas de votación, su promoción en espacios públicos y digitales, la intervención de agentes estatales y el uso de recursos materiales presuntamente de origen público o partidista, así como la presión directa a votantes y servidores públicos”, señala Rodríguez Mondragón.
El análisis identifica que el 73% de los acordeones incluye la combinación exacta de las nueve candidaturas finalmente electas para la Corte, en concordancia con los resultados oficiales del Instituto Nacional Electoral (INE).

Los nueve ministros electos fueron:
- Hugo Aguilar Ortiz
- Lenia Batres Guadarrama
- Yasmín Esquivel Mossa
- Loretta Ortiz Ahlf
- María Estela Ríos González
- Giovanni Azael Figueroa Mejía
- Irving Espinosa Betanzo
- Arístides Rodrigo Guerrero García
- Sara Irene Herrerías Guerra
La argumentación jurídica del proyecto se apoya en tres elementos: la diferencia de votos menor al 5% entre ganadores y los siguientes más votados —lo que habilita la nulidad por impacto determinante—, la correlación directa entre quienes aparecen en los acordeones y quienes resultaron electos, y el nivel de penetración territorial del operativo en entidades como Guerrero, Zacatecas, Morelos, Querétaro, Michoacán, Guanajuato, Quintana Roo, Oaxaca, Sonora y Veracruz.
El magistrado escribe: “La distribución sistemática y generalizada de acordeones actualizó, por sí sola, la causal de nulidad de la elección, porque vulneró los principios de legalidad, certeza y equidad en las condiciones de competencia”.
Añade que “existe una intervención orquestada de agencias estatales y estructuras partidarias en la producción, circulación y promoción de los acordeones, mediante el uso de materiales, medios impresos y digitales y la canalización de recursos materiales y humanos, incluyendo la presión directa a votantes y la cooptación de funcionarios públicos”.
Antecedentes, consecuencias institucionales y escenarios en puerta
El proyecto cita precedentes del TEPJF en los que irregularidades similares llevaron a la nulidad de elecciones legislativas y municipales, aunque, según el documento, nunca antes se había documentado esta escala en un proceso federal judicial.

“La operación acordeón presenta similitudes sustantivas con las prácticas sancionadas en esos precedentes, aunque en este caso se documenta una escala y penetración inédita para un proceso de elección federal judicial”, consigna textualmente el magistrado en el proyecto.
De ser aprobada la sentencia, el Senado de la República estaría obligado a organizar una elección extraordinaria y fijar reglas transitorias para el funcionamiento de la SCJN. El INE debe investigar la financiación y difusión de los acordeones y la Fiscalía General de la República indagar posibles delitos. El Congreso también deberá ajustar la legislación electoral.
El calendario impone plazos tensos: el TEPJF prevé discutir el asunto en la sesión del 21 de agosto, mientras la toma de protesta de los nuevos ministros está programada para el 1 de septiembre.
En caso de anulación, la integración de la Corte quedaría suspendida, se implementaría un sistema normativo transitorio y se abriría un nuevo proceso conforme a reglas actualizadas.
El magistrado advierte que “las consecuencias institucionales de validar un proceso contaminado por la operación acordeón comprometen el objetivo mismo de la reforma y abren un riesgo efectivo para la autonomía judicial, ante la suplantación de la voluntad popular por mecanismos de coacción y propaganda prohibida”.
El magistrado sostiene que únicamente la restauración completa de la legalidad, la confianza y la participación genuina de la ciudadanía puede salvaguardar los principios democratizadores que dan sustento a la reforma judicial.
La definición depende del voto de los magistrados del pleno, con la mayoría integrada por Mónica Soto, Felipe Fuentes y Felipe de la Mata a favor de la reforma, y la minoría crítica compuesta por Reyes Rodríguez Mondragón y Janine Otálora. El resultado puede marcar un precedente para procesos judiciales federales y el rumbo de la reforma en curso.