Los agresores serán inscritos en el Sistema Nacional de Servicios Públicos y Particulares Sancionados de la Plataforma Digital Nacional, con el fin de evitar que sean contratados en el servicio público
Yvonne Reyes / Reporte Índigo
La Comisión de Transparencia y Anticorrupción aprobó por unanimidad de 27 votos a favor un dictamen de reforma a la Ley General de Responsabilidades Administrativas en materia de acoso sexual y hostigamiento laborales en el servicio público.
En la reforma se establece que será responsable de acoso sexual la persona servidora pública que, sin tener una relación de subordinación, ejerza acciones, comportamientos, expresiones físicas o verbales, o cuestionamientos de tipo sexual, con el fin de causar perjuicio a una persona.
También se menciona que “incurrirá en hostigamiento la persona servidora pública que, valiéndose de su posición jerárquica y/o ejercicio del poder en una relación de subordinación o autoridad, ejerza acciones, comportamientos, cuestionamientos, expresiones físicas o verbales reiteradas con fines sexuales, ofensivos o degradantes, con el fin de causar perjuicio a una persona”.
El dictamen precisa que el acoso laboral o mobbing no es una conducta tipificada en el Código Penal, solo se encuentra en la Ley Federal del Trabajo en su artículo 3 Bis, en donde se define como “el ejercicio del poder en una relación de subordinación real de la víctima frente al agresor en el ámbito laboral, que se expresa en conductas verbales, físicas o ambas”.
La reforma se armoniza con lo que mandata la Constitución Política en materia de responsabilidad y las leyes federales o generales en la materia, con relación a proteger los derechos de igualdad, dignidad, integridad física y psicológica, como lo plantea el análisis previamente realizado.
Representa un esfuerzo por definir dos conductas que actualmente no tienen lugar en materia de responsabilidades administrativas y dichos actos pueden ser ejercidos por servidores públicos o particulares que incurren en faltas administrativas graves; por ello, se pretende introducir los conceptos en el citado ordenamiento y en aras de tener concordancia con el Código Penal Federal y la Ley Federal de Trabajo, con relación a dichas definiciones.
La diputada del Partido del Trabajo, Lilia Aguilar, promovente de la iniciativa, indicó que es una progresividad de derechos sobre las víctimas del acoso y el hostigamiento; se busca que cuando sean cometidos por personas servidoras públicas se consideren como faltas administrativas graves, dado el crecimiento que hay de abuso que no solamente tiene que ver con la subordinación sino con la figura jerárquica que los promueve.
Precisó que las personas sancionadas por estas faltas serán inscritas en el Sistema Nacional de Servicios Públicos y Particulares Sancionados de la Plataforma Digital Nacional, con el fin de evitar que estas personas agresoras, hombres o mujeres, sean contratadas, nombradas o designadas nuevamente en el servicio público. “Debemos garantizar la seguridad emocional y física de las personas”.