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Si cotizaste en el IMSS como trabajador, en el pasado, quizás tengas derecho a pensionarte; Ramón Murrieta, desde Sonora, te dice cómo

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2 junio, 2025
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Si cotizaste en el IMSS como trabajador, en el pasado, quizás tengas derecho a pensionarte; Ramón Murrieta, desde Sonora, te dice cómo
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Judith León / CONECTA ARIZONA

Desde hace un par de años, y cada vez con más frecuencia, el tema de las pensiones a los derechohabientes del Instituto Mexicano del Seguro Social, IMSS, es algo de lo que se habla entre quienes están por terminar su etapa laboral y también entre quienes alguna vez tuvieron esta prestación por parte de algún empleador y, por diversos motivos, ya no trabaja o no cuenta con este servicio, pero sí tiene semanas cotizadas que podrían darle este beneficio.

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Las redes sociales, columnas editoriales y comentarios en redes sociales, como Facebook, promueven el tema de la modalidad 40 para que llegue a más personas; si estás en esta situación y estás fuera del país, como con algunos sonorenses y mexicanos que forman parte de la comunidad de Conecta Arizona, esta información podría interesarte.

Ramón Murrieta, conocido también como Mr. Pensión, es un consultor con el que platicamos desde Hermosillo, Sonora, para que nos explicara en qué consiste la modalidad 40, quién y cómo puede solicitarla.

Una explicación muy breve de lo que es la modalidad 40 es “se trata de un beneficio para todos los trabajadores inscritos en el Instituto Mexicano del Seguro Social, el IMSS, antes del primero de julio de 1997. Básicamente es para mejorar su pensión”, explicó el entrevistado.

El mecanismo es muy sencillo, aunque a veces se confunde mucho la información que hay en los medios, pero es muy sencillo. Por ejemplo: un trabajador que ya está en edad de pensión, que ya tiene los 60 años o está cerca de cumplirlos, que su baja no rebasa los cinco años, ya cubre el primer requisito.

Pueden ser hasta cinco años, como tope, el tiempo en el que se puede hacer efectivo este beneficio; el otro requisito que debe cumplir para darse de alta en la modalidad cuarenta es que haya cotizado, al menos 52 semanas, como empleado afiliado al IMSS. Estas semanas no tienen que ser con un solo patrón, pueden haberse cotizado en intervalos.

Murrieta señaló que, si el interesado ganaba un salario mínimo, la pensión le va quedar en una cantidad garantizada de 9 mil 400 pesos (alrededor de 485.28 dólares mensuales), independientemente de las semanas (y años cotizados); por este motivo hay personas que se dan de baja en el IMSS y se reactivan con salarios más altos para pagar cada mes el tiempo que les falte para pensionarse y poder recibir una cifra más alta.

¿Quién puedes solicitar la modalidad 40 y cómo?

El trabajo que realiza Ramón Murrieta consiste en apoyar a las personas interesadas en hacer cálculos y recomendarle la forma más conveniente de inscribirse y pagar (si tiene la capacidad económica) cuotas mensuales ante el Seguro Social; si se reactiva con un salario más alto del mínimo, tendría que pagar 2 mil 818 pesos al mes.

Hay dos opciones de utilizar la modalidad 40. Primero, si la persona cumple los requisitos de haber sido dada de alta en el Seguro Social antes del 1° de julio de 1997, y, la segunda, es que tenga 52 semanas de trabajo cotizadas.

Otra opción que existe es que, si la persona dejó de cotizar por mucho tiempo, por años en el IMSS, se le puede apoyar económicamente para hacer un pago retroactivo.

¿Y cuánto se paga por este trámite o asesoría?

La asesoría, en el caso de nosotros, cuando es diagnóstico no cobramos nada. ¿Qué incluye el diagnóstico? Primero, verificar que sí califica, verificar que efectivamente fue dado de alta antes del 1ro de julio del 97, número 1.

Número 2, que tenga las semanas suficientes para que, utilizando el beneficio de la modalidad 40, tenga una pensión mejorada. ¿Qué quiere decir? Si el señor tiene 500 semanas y va a pagar tres años de modalidad 40, el costo-beneficio no le va a favorecer.

Entonces, nosotros por el diagnóstico no cobramos nada. Luego hay otro cobro, que es cuando ya el cliente dice ‘sí, yo cumplo los requisitos, quiero una asesoría personalizada’. Acude a nuestras oficinas y el costo de la consulta es de 600 pesos.

Luego, cuando ya hicimos el diagnóstico y vemos que le conviene pagar la modalidad 40, porque tiene muchas semanas cotizadas, y hacemos un cálculo de lo que puede ser su pensión mejorada, entonces, ofrecemos un estudio que incluye la verificación de los datos para verificar que cubra con todos los requisitos, luego vamos a calcular cuánto se va a ocupar de financiamiento y así tendremos el resultado de lo que va pagar mensualmente; de dónde le vamos a conseguir ese dinero, cómo lo vamos a financiar, cómo lo va a pagar y de cuánto sería su pensión mejorada, eso ya tiene un costo de 5 mil pesos.

¿Qué es lo que tiene que llevar el interesado para la consulta y el estudio, nada más el número de seguridad social?

Si la persona ya tiene información, si ya tiene las semanas cotizadas, las últimas y tiene a la mano su estado de cuenta de la Afore, nos lo puede enviar, hacemos el diagnóstico, no le cobramos nada. Después, ya agendamos la cita.

Pero si no tiene esos documentos, con el número del Seguro Social y su CURP (Clave Única de Registro de Población), nosotros podemos descargar las semanas cotizadas y en ese reporte del Seguro Social tenemos la información que necesitamos.

¿El número del Seguro Social ya deben tenerlo, y si no, al igual que las semanas cotizadas, se pueden obtener en la pagina o en la aplicación del IMSS, verdad?

Sí, hay una página, ahorita todo está digitalizado. El IMSS está, incluso, perfeccionando su sistema de acceso en línea, y el cliente lo puede sacar. Pero, con la nueva administración general, está poniendo muchos candados para que sea el trabajador exclusivamente el que pueda descargar ese documento.

Y aquí, ¿cuál es el problema que le están causando el trabajador? Mucha gente no tiene correo electrónico, mucha gente no sabe manejar una computadora y por supuesto que no maneja un correo. El portal le va a pedir su número de Seguro Social, su CURP y un correo, pero si ese correo no está registrado en el Seguro Social, no le van a dar el documento. Y entonces, hay la segunda opción que le va a pedir: su e-firma y volvemos a lo mismo, porque mucha gente no está inscrita en el SAT. Nosotros tenemos manera de conseguirlas casi, casi, de manera inmediata.

¿Es muy solicitado este servicio para tramitar la modalidad 40?

Sí, hay muchas personas que desconocen el beneficio, muchas ya lo están utilizando, y la mayor parte de la gente que nos busca es porque nos han referenciado, o sea, alguien ya dio referencia de nosotros, que sí le mejoramos su atención, que no le cobramos mucho y además de que somos puntuales, organizados y responsables. Pero sí hay muchas personas que apenas están conociendo a pesar de la información que circula en los medios.

¿Desde cuándo comenzó a hacerse el trámite de la modalidad 40?

El beneficio de la modalidad 40 existe desde que se modificó la ley del 73 por la del 97. Desde ese momento está en esa ley el beneficio del artículo 218 de la Ley de Seguridad Social, donde establece todo esto que estamos platicando.

Pero estaba ‘olvidado’, nadie había descubierto ese beneficio. Entonces, por ahí hace como unos ocho años más o menos, al menos la persona con la que yo empecé a trabajar descubrió, otras personas ya lo habían hecho, pero no estaba tan difundido este servicio. Entonces, encontraron la forma de hacer el proceso y de ahí se vino un boom en los últimos años.

Han encontrado la forma de llegar a más gente, orientarlas y ofrecerles el trámite…

Exactamente, sí. Y hay mucha gente de escasos recursos que ha trabajado en alguna empresa, antes la gente duraba mucho en los trabajos, han trabajado 20, 30 años, hasta más. Tengo un cliente que me acaba de contratar para crear el estudio y tiene 2 mil 080 semanas con un solo patrón. Hay mucha gente de escasos recursos que no sabe el tesoro que tiene en esas semanas cotizadas.

Entonces, cuando vienen conmigo y les digo, si tú te hubieras pensionado o te pensionas, así como estás, lo harás con 9 mil pesos. Pero si utilizas este beneficio, te vas a pensionar con 50 mil, y no lo pueden creer.

O sea, es increíble para una persona que está acostumbrada al mínimo, que de repente vaya a tener una cantidad tan grande para dispersarla como quiera; pero cuando ya le damos las referencias de las personas que han estado en su misma situación, pues ya agarra confianza y, por supuesto, que están encantados de la vida,

En el caso de las personas que han tenido dos números de seguro social, ¿cómo se hace?

Se puede unificar. También, todo el trámite lo tiene que hacer el trabajador en el Seguro Social, pero, lamentablemente, el servicio es muy apático. Entonces, la gente va, se desespera y por eso ya no hace sus trámites, ni siquiera trámite de suspensión.

Ahí es donde nosotros tenemos que entrar, hacer una especie de labor de convencimiento. Pero eso lo puede hacer el trabajador en el seguro. Hay veces que los atienden bien y sale rápido, en unos tres meses. Y el otro medio es a través de nosotros, con un costo adicional.

Las personas que quieran obtener información general sobre la modalidad cuarenta pueden comunicarse con Ramón Murrieta vía WhatsApp al número 662-226-2447, por correo electrónico a [email protected]; en caso de requerir una entrevista personal para mayor asesoría o contratar sus servicios, puede hacer una cita para acudir a su oficina ubicada en el Bulevar Kino, de Hermosillo, “junto al restaurant Palominos y frente al edificio Grand Kino”, en la tradicional zona hotelera.

ENLACE: https://conectaarizona.com/si-cotizaste-en-el-imss-como-trabajador-en-el-pasado-quizas-tengas-derecho-a-pensionarte-ramon-murrieta-desde-sonora-te-dice-como/

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