Julieta Aragón / Zeta
La administración de Marina del Pilar Ávila Olmeda otorgó una concesión a 30 años para la vialidad elevada de peaje del Nodo Morelos a Otay, en Tijuana, a la empresa Supervía Bajacaliforniana Elevada de Tijuana S.A.P.I.
Empresa constituida, el 24 de diciembre de 2024, por Desarrollo Integral S.A. de C.V. (IDINSA) y Promotora y Desarrolladora Mexicana de Infraestructura S.A. de C.V. (PRODEMEX), para construir la vialidad elevada de 12.06 kilómetros, en un plazo de 33 meses (2.75 años) a partir de que se emita la Autorización de Inicio de Obras.
La cual será otorgada por Sidurt, luego de que se haya hecho el cierre financiero, liberado y entregado en su totalidad el Derecho de Vía, aprobado el Proyecto Ejecutivo, otorgado todos los permisos y la concesionaria haya adquirido la propiedad privada indispensable para iniciar la construcción de la vialidad elevada.
Un día antes de haber sido constituida la empresa Concesionaria, el 23 de diciembre pasado, la sesión del Comité Especial de Concesiones -a cargo del oficial mayor David Ramsés Cervantes Aguilar- determinó “procedente el otorgamiento de la concesión mediante adjudicación directa”.
Según el documento publicado el 14 de marzo de 2025 en el Periódico Oficial de la Federación, “la Concesionaria no estará obligada a iniciar la construcción de la Vía Elevada, en tanto no se haya logrado el cierre financiero”.
Tendrá un plazo de 10 meses contados a partir de la firma del presente Título de concesión para lograr el Cierre Financiero. En caso de que no lo logre en ese lapso, la Comisión y la Concesionaria podrán prorrogar el plazo por otros dos períodos de diez meses.
La concesionaría podrá colocar títulos respaldados con parte o la totalidad del flujo que genere la concesión, y deberá notificar al gobierno de Baja California de dicha operación bursátil. Además, podrá modificar las condiciones originales del Financiamiento después del Cierre Financiero siempre y cuando dicho refinanciamiento no ponga en riesgo la ejecución y operación de la concesión.
A partir de la fecha en que se dio el título de concesión, la concesionaria tendrá seis meses para establecer Fondo de Adquisición de Propiedad Privada. En caso de que el monto de los bienes de propiedad privada que se requiera adquirir para la implementación del Proyecto sea superior, “la Concesionaria podrá solicitar a la Dependencia Auxiliar el inicio de negociaciones tendientes a restituir el equilibrio económico de la Concesión conforme a la Condición Vigésima del presente Título de Concesión”
No obstante, el Ejecutivo Estatal analizará, cuando sea necesario emitir un acto de autoridad en materia de expropiaciones, así como llevar a cabo las gestiones administrativas que resulten necesarias para adquirir los bienes de propiedad privada.
La liberación y entrega de Derecho de Vía será responsabilidad del Ejecutivo Estatal. Una vez entregado, la Concesionaria asumirá su custodia y cualquier responsabilidad relacionada con el mismo.
La Concesionaria gestionará y obtendrá cualquier permiso que se requiera para que modifique, derrumbe y/o retire las construcciones o instalaciones propiedad del Ejecutivo Estatal que, en su caso, se ubiquen dentro del Derecho de Vía con cargo a la propia Concesionaria. Si el gobierno del Estado no entrega el Derecho de Vía, “la Concesionaria podrá renunciar a la Concesión sin responsabilidad alguna”
Dentro de los seis meses siguientes a la emisión de la primera Autorización para el Inicio de Operación, la Concesionaria deberá constituir el correspondiente fondo de reserva para la conservación y mantenimiento de la Vía Elevada.
Entre las obligaciones de la concesionaria deberá elaborar el anteproyecto ejecutivo y el programa de obras y ser presentados a la Secretaría de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Reordenación Territorial (Sidurt)
TARIFAS PARA USUARIOS
A partir de que se inicie la operación parcial o total de la Vía Elevada, la Concesionaria tendrá derecho de cobrar a los usuarios las tarifas que la Concesionaria determine y que se calculen por tipo de vehículo, por periodos de tiempo determinados o por cualquier otro criterio objetivo justificado en la propuesta que la Concesionaria haya presentado (sin perjuicio de que la Concesionaria pueda también aplicar descuentos y promociones).
“Salvo determinación en contrario por parte de la Autoridad Gubernamental Competente, las Tarifas que la Concesionaria cobre a los usuarios de la Vía Elevada, no estarán sujetas a subsidio por parte del Ejecutivo Estatal”
A partir del inicio de Operación de la Vía Elevada, la Concesionaria tendrá obligación de cubrir al Ejecutivo Estatal en forma anual, un monto equivalente al 0.58% de los ingresos brutos tarifados sin incluir el IVA, del año inmediato anterior derivados de las Tarifas que se cobren en la Vía Elevada. Dicha cantidad deberá ser enterada por la Concesionaria dentro de los 30 días hábiles siguientes al término de cada ejercicio fiscal.
La concesionaria tiene derecho a recuperar su inversión total más el TIR (tasa interna de Retorno real anual después de impuestos), dentro de la vigencia de la concesión, “la Concesionaria tendrá el derecho a una o más prórrogas de la vigencia hasta que recupere la inversión total más la TIR del proyecto”.
TRES EMPRESAS
El 27 de febrero pasado, el secretario General de Gobierno, Alfredo Álvarez Cárdenas expuso que detrás el proyecto de la vialidad elevada estaban INDISA, Prodemex y Riobóo. Pero esta última, propiedad del ingeniero civil José María Riobóo Martín, considerado cercano al expresidente Andrés Manuel López Obrador, no aparece en el título de concesión.
Antes, el 17 de diciembre pasado, IDINSA presentó la Manifestación de Impacto Ambiental (MIA) a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat). Días antes, el gobierno estatal había publicado la Declaratoria de Necesidad.
SEGUNDO PISO CON 6 CARRILES
Según el extracto de la MIA, el segundo piso será una vialidad de una longitud de 12 kilómetros; su trazo ira a través de vialidades principales como el bulevard Garita de Otay, Alberto Limón Padilla, Lázaro Cárdenas, y finalmente llega al cruce con la carretera Tijuana-Rosarito -donde recientemente fue remodelado el Nodo Morelos-
El proyecto se plantea como una estructura elevada constituida principalmente por elementos estructurales de concreto reforzado y componentes prefabricados de concreto armado y preforzado.
“El segundo piso ha sido diseñado con un ancho total de 21.75 metros, lo que permitirá alojar seis carriles distribuidos en dos sentidos de circulación. Cada carril contará con un ancho de 3.10 metros, proporcionando suficiente espacio para la circulación fluida de vehículos de diferentes tamaños”.
La altura del segundo piso será de al menos 5.50 metros, lo cual permitirá el paso de vehículos de gran altura, incluyendo camiones y autobuses sin restricciones. El segundo piso tendrá una pendiente máxima de 6.0% optimizada para mantener una condición segura y fluida, para una velocidad de operación de 80 km/h, según el resumen de la MIA.
La Declaratoria de Necesidad señala que uno de los seis carriles -de 3.50 metros cada uno- será confinado para transporte público. Que habrá 12 entradas y 11 salidas de dos carriles de 3.20 metros cada uno, con lo que se prevé reducir de 40 a 14 minutos el tiempo de traslado.
El cobro de peaje se hará mediante un sistema de lectura de cobro digital, que permita un paso continuo de los usuarios de la vía, sin necesidades de hacer alto total. Además, deberá contemplar un carril confinado a nivel para un eventual sistema de transporte. (Julieta Aragón)